Redacción
Los ayuntamientos con una población igual o inferior a 1.000 habitantes —todos los de la Alcarria conquense, excepto Huete— tienen un plazo de dos meses para solicitar una subvención a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla-La Mancha para mejorar la accesibilidad de sus infraestructuras y equipamientos municipales, es decir, aquellos que están “al servicio de la ciudadanía” salvo residencias, viviendas, centros de día y centros ocupacionales destinados a la atención de personas mayores o con discapacidad que serán objeto de otra convocatoria de ayudas específica. El importe máximo no excederá de 30.000 euros por solicitud y estas se tramitarán y resolverán por orden de presentación teniendo que acompañarse de una memoria con la descripción de la inversión, los planos y documentos gráficos correspondientes y su presupuesto, según las bases reguladoras de la Orden publicada hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Estas establecen que “los proyectos de remodelación, adaptaciones, reformas y adquisición de equipamientos dirigidos a mejorar las condiciones de accesibilidad podrán incluirlos honorarios profesionales derivados de la redacción de proyectos y estudios y de dirección de obras”. Las actuaciones pueden ser aquellas que garanticen un itinerario accesible desde el exterior hacia el interior del inmueble, entre plantas y dentro de estas (señalización, iluminación, accesos, pavimentos, aseos, rampas, puertas, ascensores, plataformas elevadoras o cualquier otra actuación análoga); la domotización, mejora y adquisición de infraestructuras tecnológicas y equipamiento informático (bucles magnéticos, ordenadores, tablets, teléfonos inalámbricos, interfonos, comunicador de turnos, aplicaciones gestoras de procesos, etc.); la compra de mobiliario y equipamiento accesible (mostradores, ventanillas y dispositivos de uso general como teléfonos, pantallas y dispensadores, entre otros); la adecuación de los formatos en los que se presta información (lectura fácil, sistema braille, letra ampliada, lengua de signos virtual, subtitulado, código QR o sistemas alternativos); y las obras que garanticen la reserva de elementos o plazas para personas con discapacidad y la habilitación de baños accesibles, zonas de refugio ante el riesgo de incendio o de plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.