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11
agosto
2021

NORMATIVA LOCAL

El Valle de Altomira sancionará los comportamientos incívicos que dañen espacios y bienes o que perjudiquen la convivencia

El Ayuntamiento ha aprobado una ordenanza que establece multas de entre 750€ (las leves) hasta 3.000€ (las muy graves) para residentes o visitantes con “comportamientos irrespetuosos e irresponsables”

Los organizadores de de cualquier evento deberán solicitar autorización al consistorio y adoptar las medidas oportunas de protección del entorno y de seguridad de personas y bienes

Garcinarro botellón

Restos de un botellón en el merendero de la ermita de Garcinarro. Foto: página de Facebook del Ayuntamiento.

Redacción

El Ayuntamiento de El Valle de Altomira multará con cuantías que oscilan entre los 750 euros (las leves) hasta los 3.000 (las muy graves) a las personas (residentes o visitantes) que produzcan daños sobre los bienes públicos o privados o lesionen los derechos de los vecinos. Para favorecer “el normal desarrollo de la convivencia ciudadana”, preservar el espacio público, disuadir a los infractores y corregir los “comportamientos incívicos” ha aprobado una Ordenanza de Policía y Convivencia Ciudadana que se encuentra en fase de consulta pública para posibles alegaciones tras su publicación en el BOPC del 4 de agosto. Esta recoge medidas orientadas a prevenir las conductas o actividades que atenten contra “el buen uso y disfrute de los bienes de uso público” y para conservar y proteger todas las instalaciones y elementos públicos o privados del patrimonio urbanístico, arquitectónico y paisajístico de posibles agresiones, alteraciones y usos ilícitos.

Y es que, según explican en la exposición de motivos del texto provisional de la futura norma, el incremento de la población en el municipio —que conforman os núcleos de Garcinarro, Mazarulleque y Jabalera— y la afluencia de visitantes en épocas estivales y festivas, imponen la necesidad de buscar estos instrumentos pues han detectado que, en ocasiones, algunos individuos, residentes o foráneos, manifiestan “comportamientos irrespetuosos e irresponsables” con el medio urbano y con el derecho de los conciudadanos que suponen un menoscabo de su calidad de vida generando además “considerables costes de reparación a cargo de las arcas municipales o de los particulares”. Por ello, cualquier persona podrá presentar denuncias para poner en conocimiento del consistorio la existencia de un determinado hecho que pueda ser constitutivo de una infracción.

La ordenanza penalizará acciones de degradación visual del entorno urbano y de deterioro del espacio, mobiliario e instalaciones urbanas, estableciendo normas sobre la limpieza de los espacios públicos, de la red viaria y de otros entornos urbanos, así como sobre el depósito, recogida y tratamiento de los residuos. También regulará el tráfico de vehículos, el paseo de los animales de compañía, la colocación de pancartas y carteles, el esparcimiento de folletos y los grafismos, pintadas y otras expresiones de este tipo. En cuanto a la organización de espectáculos, actividades recreativas, fiestas, concentraciones deportivas o similares, los organizadores deberán solicitar autorización al Ayuntamiento, adoptando las medidas oportunas de protección del espacio público y de seguridad de las personas y los bienes para evitar perjuicios a la actividad cotidiana del vecindario y por motivos de higiene y seguridad. Incluso, cuando las circunstancias así lo aconsejen, les podrá exigir una fianza o póliza de seguro para responder por posibles daños y perjuicios.

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