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8
junio
2021

EMPRESAS Y MEDIO AMBIENTE

Extinguida la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de Vellisca dado que no se ha construido ni ha comenzado su actividad

El proyecto para 4.000 cabezas en la parcela 16 del polígono 515 recibió el visto bueno en 2018 pero ha excedido los tres años de vigencia para su ejecución

Granja Vellisca

La ubicación contemplada en el proyecto actualmente está "totalmente labrada y sin indicios de ser ocupada".

Redacción

La Consejería de Desarrollo Sostenible ha publicado hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la resolución de "extinción de la autorización ambiental integrada de la explotación porcina ubicada en el término municipal de Vellisca cuya titular es la sociedad Gorvellis, SL". Este proyecto —con capacidad para 4.000 cabezas y 2,4 ciclos de engorde anuales (9.600 animales al año)— recibió en 2018 la autorización ambiental integrada para que comenzaran las obras de construcción de las naves en la parcela 16 del polígono 515, a 3,10 kilómetros de Vellisca, 5,86 km de Mazarulleque y 7,12 km de Huete, tal y como informó este portal (ver Alcarria Es Más, 11 de julio de 2018).

Sin embargo, el pasado 16 de abril, el Servicio de Prevención e Impacto Ambiental de la Dirección General de Economía Circular, como consecuencia de una inspección documental, advirtió de que no consta que el promotor haya presentado ningún informe anual de actividad desde la fecha de emisión de la autorización ambiental integrada. Tampoco aparece en el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas) de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural que la granja se haya llegado a dar de alta hasta el momento y el visor del Sigpac (Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas) no muestra ninguna instalación en la citada ubicación. Por ello, el 23 de abril la Unidad de Coordinación de Agentes Medioambientales visitó el emplazamiento para la comprobar la ausencia de construcciones y la inexistencia de la explotación porcina, encontrándose la parcela "totalmente labrada y sin indicios de ser ocupada con otro fin distinto al agrícola". Por todo ello, y dado que ha transcurrido el "plazo máximo de vigencia de tres años para las declaraciones de impacto ambiental" sin que haya comenzado la ejecución y funcionamiento del proyecto, esta queda extinguida. Una vez notificado al promotor y al Ayuntamiento del municipio, contra esta resolución, "que no pone fin a la vía administrativa", podrán interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes.

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