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23
octubre
2014

DIPUTACIÓN DE CUENCA

Nuevos criterios de inclusión en los planes de Obras y Servicios (POS) y de Mantenimiento de Servicios Municipales

La cuantía de las inversiones y el porcentaje de aportación municipal varían en función de si los ayuntamientos presentan petición sólo al POS o a ambos

POS Cuenca

Imagen 1. Cuantías y porcentajes para municipios que sólo soliciten la inclusión en el POS.

Redacción

Los ayuntamientos y entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal (EATIM) ya pueden presentar sus proyectos para elaborar del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios (POS) que la Diputación de Cuenca aprueba de forma anual y también pedir ser incluidos en el Plan Especial para el Mantenimiento de los Servicios Municipales para la financiación de gastos de personal y de bienes corrientes y servicios o la amortización de su deuda, “sin que ambas peticiones sean excluyentes”.

Sin embargo, tal y como recoge el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del 22 de octubre, tanto la cuantía de las inversiones como la aportación municipal varían en función de si los ayuntamientos formulan exclusivamente petición al POS o a los dos planes. En el primer caso se ha establecido una cantidad fija y un porcentaje de aportación municipal (ver imagen 1) y en el segundo una inversión mínima y una cuantía fija de aportación municipal (ver imagen 2), siempre en función de la población empadronada a 1 de enero de 2013.

POS 15

Imagen 2. Cantidades y aportación municipal para municipios que presenten petición al POS y al Plan Especial.

12.000 euros adicionales por núcleo de población

En ambas situaciones, aquellos consistorios que tengan núcleos de población y estén incluidos en el Anexo I —9 de la Alcarria conquense (ver imagen 3)— recibirán 12.000 euros adicionales por cada uno de ellos, cantidad que aportará al 100% la Diputación en el caso de los que cuenten con hasta 200 censados y con una reducción de 1.200 euros por núcleo para los que registren entre 201 y 1.000, siempre que la población del núcleo no supere los 200.

En estos proyectos —que deberán presentarse hasta el 28 de noviembre de este año y justificar su realización hasta el 1 de diciembre de 2016— tendrán carácter preferente las inversiones asociadas al funcionamiento de los servicios mínimos de la localidad y sólo se incluirán otros cuando éstos se estén prestando “satisfactoriamente”.

POS 15

Imagen 3. Ayuntamientos con núcleos de población de la Alcarria conquense incluidos en el Anexo I.

Por otra parte, se mantiene la reducción de 5 puntos en el porcentaje de aportación municipal para los proyectos de renovación de redes y mejora de la eficiencia del ciclo hidráulico, para el cambio del alumbrado público por el aumento de la eficiencia energética y para la sustitución de equipos de calefacción< y/o producción de agua caliente sanitaria en edificios de titularidad municipal que utilicen energías renovables.

Además, los municipios con núcleos de población del citado Anexo I que formulen petición tanto al POS como al Plan Especial de Mantenimiento de los Servicios Municipales, asignarán con carácter obligatorio para la realización de obras o servicios en dichos núcleos un mínimo de 10.000 euros más por cada uno pero también podrán solicitar y destinar en el Plan Especial hasta un máximo de 2.000 euros más por núcleo de los 12.000 totales (ver imagen 4).

Ayudas para "garantizar el mantenimiento de los servicios municipales"

POS 15

Imagen 4. Cuantías según población para personal, gastos corrientes o amortización de deuda.

Este Plan Especial concede a los ayuntamientos y EATIM de la provincia desde 4.000 a 50.000 euros en función de los censados (ver imagen) para “contribuir y garantizar el mantenimiento de los servicios municipales” y subsanar un posible “incremento de déficit” o “falta de liquidez”, según el anuncio publicado ayer en el BOPC.

En este caso, el plazo para presentar las solicitudes acaba el 28 de noviembre y los gastos subvencionables relativos a personal laboral o funcionario y/o cuotas a la seguridad social, así como los referidos a gastos corrientes y servicios y a pasivos financieros, deberán realizarse entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2015.

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