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5
noviembre
2021

EMPRESAS Y MEDIO AMBIENTE

El Ayuntamiento de Albendea también regula el vertido de purines a mínimo 2 km del casco urbano y de instalaciones vinculadas al turismo

Aunque por ahora no hay ningún proyecto de explotación en el municipio, ha aprobado de forma definitiva una ordenanza que prohíbe arrojar residuos procedentes de instalaciones ubicadas en otros términos

ASAJA Cuenca ha presentado recursos contenciosos-administrativos contra normativas similares como la del Ayuntamiento de Gascueña pues entienden que los consistorios “están sobrepasando sus competencias”

Ayuntamiento de Albendea

Ayuntamiento de Albendea. Foto de Alcarria Es Más.

Redacción

El Ayuntamiento de Albendea ha aprobado de forma definitiva la ordenanza que regula el vertido de residuos ganaderos en el término al no haber recibido reclamaciones durante el plazo de exposición pública, según el anuncio publicado hoy en el Boletín Oficial de la Provincia. Pese a que, por el momento, no hay ningún proyecto de granja en el municipio, este consistorio ha seguido los pasos de otros como Valdeolivas y Olmeda de la Cuesta para "adelantarse" a posibles propuestas y evitar que se arrojen los purines de explotaciones ubicadas en otros términos, algo que prohíbe esta norma. En el texto, el Ayuntamiento explica que aunque la actividad agrícola "tiene gran importancia", en los últimos tiempos "la actividad comercial y empresarial se está decantando por la inversión en turismo" por lo que ve necesario "proteger a todos los residentes" en cuanto a los ámbitos de "salubridad, higiene y condiciones medioambientales".

Muy similiar a la aprobada por Valdeolivas (ver Alcarria Es Más, 3 de agosto de 2021), la ordenanza establece que la aplicación del purín se realice en terrenos situados a mínimo 2 kilómetros del casco urbano y del suelo urbanizable o de instalaciones vinculadas con el turismo y exclusivamente en fincas rústicas de labor entre el 15 de octubre y el 15 de mayo —prohibido los sábados, domingos, festivos y sus vísperas, así como los días de celebración de las fiestas atronales— con “enterrado de inmediato” y “sin solución de continuidad” y con los medios técnicos que “garanticen el reparto uniforme y homogéneo sobre la superficie apta de la parcela”. El responsable deberá comunicarlo 10 días antes al consistorio con una declaración responsable y documentación que incluya la identificación de los terrenos, la fecha de aplicación, la autorización del propietario, el sistema que utilizará, el volumen de purín que aplicará en cada parcela —no pudiendo exceder anualmente los 62m3/Ha (210Kg de nitrógeno)—, el cultivo a fertilizar y la identificación del conductor y del vehículo que lo realizará, quedando prohibida la circulación y el estacionamiento por el núcleo de población.

Mausoleo Llanes Albendea

La Ermita-Mausoleo de Llanes, en Albendea, un bien patrimonial y recurso turístico de la localidad.

Tampoco podrá vertirse en espacios naturales protegidos como los integrantes en Red Natura, a menos de 50 metros de vías de comunicación de la red viaria nacional, regional o local, a menos de 25 metros de montes catalogados de utilidad pública, a menos de 500 metros de pozos, captaciones y manantiales de abastecimiento para la población y a menos de 200 metros de los cauces de corrientes naturales de agua continuas o discontinuas. Tampoco podrá hacerse desde el 16 de mayo hasta el 14 de octubre, ni los sábados, domingos, festivos y sus vísperas, los días de celebración de las fiestas patronales, durante los periodos de abundante lluvia, en terrenos cubiertos de nieve, en parcelas con una pendiente superior al 7%, en todos los montes (de titularidad pública o privada), en eriales y donde no puedan ser enterrados.

Recursos contra las ordenanzas de ASAJA Cuenca

Cabe recordar que desde la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA) de Cuenca han presentado recursos contenciosos-administrativos contra ordenanzas similares como la aprobada por el Ayuntamiento de Gascueña (ver Alcarria Es Más, 22 de octubre de 2021) pues entienden que los consistorios “están sobrepasando sus competencias” y esperan que, en el momento que se produzca una sentencia en contra, la Junta de Castilla-La Mancha les “obligue" al cumplimiento de la normativa ambiental. Según explicó el secretario general a esta redacción, los consistorios pueden actuar para evitar excesos de olores sobre la población acotando las épocas del año en las que se vierta el purín pero no limitar la cantidad que se aplica sobre tierras agrarias "sin estudios técnicos que lo avalen", sobre todo "sin análisis agronómicos que indiquen que sobre ese tipo de suelo no puede aplicarse una cantidad de nitrógeno de cualquier tipo de fertilizante, no solo de purines”. En su opinión, tampoco tiene sentido que limiten la aplicación en determinadas zonas del municipios porque la normativa actual obliga a enterrarlo inmediatamente y “los efectos que pueden producir sobre la atmósfera o el medio ambiente son muy, muy reducidos”.

Pueblos vivos granjas

Por su parte, desde la plataforma 'Pueblos Vivos Cuenca' —que agrupa a los movimientos vecinales que se oponen a la instalación de estas granjas como los de Priego, Villar de Domingo García, Barajas de Melo, Torrejoncillo del Rey, Tinajas y Gascueña— han convocado una nueva manifestación el 14 de noviembre ante la Subdelegación del Gobierno en Cuenca para pedir una moratoria en las construcciones y ampliaciones de estas explotaciones con el lema 'Se venden 237 pueblos de la provincia de Cuenca'. Desde esta entidad consideran que los purines esparcidos por las tierras de cultivo "llegan finalmente a los acuíferos y contaminan el agua con nitratos" y apuestan por "una ganadería extensiva, tradicional, que beneficie al tejido económico y social de la zona donde se ubica y aporte valores añadidos como prevenir incendios o abonar la tierra sin contaminar", así como por un "turismo rural sostenible" que atraiga visitantes por nuestro el "rico entorno natural y cultural" y no los "ahuyente" con "paisajes industriales, malos olores y aguas contaminadas".

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